martes, 29 de enero de 2013

Actualización situación del predio de Campomar

FALLO CÁMARA FEDERAL LA PLATA (NOV 2012)
 
 Causa Nº 2692/S.U. caratulada
“Comisión Provincial por la Memoria s/Presentación” (S/U).
Jueces Vallefín, Compaired, Nogueira, Clistri y Alvarez.
 
- Ante presentación de la CPM la Cámara dispuso el 13 sept 2012 medida cautelar sobre el predio de la ex fábrica Campomar para preservarlo. Luego la prorrogó por el plazo de treinta días.
 
- Mientras incorporó informes de la CPM , de la SDHN , el EAFF y testigos (entre ellos del antropólogo Aguirre, que presentó su investigación). Se hizo reconocimiento del lugar.
 
La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación remitió fotocopias de los legajos de CONADEP 3935 (testimonio de Antonio Marcelino Vargas, detenido ilegalmente el 20/12/78, ante la Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires con fecha 28 de julio de 2009, donde no realizó la afirmación de pasar por Campomar “por miedo”) y 7531 (actuaciones vinculadas la masacre de  Fátima, partido de Pilar, y un informe de la Dirección de Cementerios de Lanús del 28/3/2006 en donde se sostiene que según los datos del sistema computarizado del archivo, los NN que han sido inhumados en el periodos comprendido entre noviembre del año 1974 y diciembre de 1983, han sido reducidos, encontrándose sus restos en el Osario General). Para la Cámara estos elementos “carecen de entidad suasoria alguna a los fines pretendidos”.
 
- Luego la Cámara decidió extender la cautelar con “alcance diverso”: Delimitó el alcance de la medida sobre parte del predio (no sobre el total de 500 m2 ).
Estableció que en el predio fueron hallados dos cráneos humanos (uno entre 1980 y 1982 y otro en abril de 1984), que en ocasiones descendían en el terreno helicópteros con personal militar, que en las calles que circundan a predio se hallaron en dictadura ropas arrojadas, presumiblemente, de automóviles y que en Valentín Alsina existió el rumor de que en la ex fábrica Campomar funcionó un centro clandestino de detención.
 
- Del informe del EAFF, que no logró aportar firmeza a la hipótesis de enterramientos clandestinos, la Cámara destacó que si bien los linderos de la fábrica fueron “utilizados por las fuerzas de represión clandestina para llevar a cabo simulacros de enfrentamientos, los cuales en la mayoría de los casos estudiados no han sido puestas en escena para encubrir lisos y llanos fusilamientos”, que entre sept/nov del ’76 “en las cercanías del predio fuerzas de seguridad protagonizaron enfrentamientos armados de los que concluyeron con la muerte de 8 personas, pero que “no existen elementos contundentes que den cuenta de la existencia de enterramientos clandestinos en el predio” y que en todo caso encontrarlos sería “tan probable como en casi cualquier terreno baldío del conurbano bonaerense”.
 
- Finalmente la Cámara concluyó que “la ponderación de todos los elementos incorporados no permiten concluir que efectivamente, en la ex fábrica Campomar haya operado un centro clandestino de detención”, aunque reconoce que “es plausible la hipótesis de su utilización ocasional por fuerzas militares y policiales” por la cercanía de cuadras del CCD Comisaría 3ra de Valentín Alsina. Sin embargo, la Cámara pidió a sugerencia del EAFF la realización de tareas “tareas de prospección geofísica en todos aquellos sectores del terreno que, fotografía aérea o planos de catastro mediante, no estuvieren ocupados por edificaciones entre 1976 y 1983” con un georadar de Gendarmería Nacional para agotar los medios investigativos.
 
- Por ello, la nueva cautelar limita la prohibición de innovar al predio vinculado a los sitios de hallazgo de cráneos (Liniers esquina Molinedo), y levantar la medida en las restantes parcelas. Pidió a GN que en 5 días haga la prospección geofísica con el georadar y si se encontraban “comportamientos anómalos que se compadezcan con la posibilidad de enterramientos”, se daría nueva intervención al EAFF. Ello habilita la construcción en los sectores sin cautelar, pero manda a la empresa Electroingeniería a prestar declaración jurada ante la Cámara de “interrumpir las labores ante el eventual hallazgo de cualquier elemento sospechoso, que se pueda relacionar con restos óseos u objetos relacionados con el proceso de represión”.
 
DETALLES:
 
Ninguna de las declaraciones en JxV (salvo el aislado caso del testigo Vargas) hizo mención a la existencia de un centro clandestino de detención en el predio de la ex fábrica Campomar. Para la Cámara “mal puede sostenerse el andamiaje de la medida cautelar en el aislado testimonio de Vargas”, porque en su primera declaración ante SDHN no mencionó Campomar, y porque es el único testigo que en JxV y ante el la Cámara dijo haber permanecido detenido ilegalmente alli, por ello le restan entidad convictita al testimonio.
Sobre las declaraciones prestadas en esta actuación por vecinos del lugar la Cámara dijo que “carecen de envergadura suasoria bastante por no tratarse de testigos directos”.
 
Sobre el testimonio del antropólogo Aguirre: quien dice haber realizado un “proyecto de investigación” que no llegó a consumarse como tal sobre la base de entrevistas a vecinos del lugar que no puede individualizar, con autoridades de la Escuela Media nro. 9 que integra parte del predio y personalidades de la Junta de Estudios Históricos de la Biblioteca Sarmiento de Valentín Alsina. Refirió que encontró vestigios arqueológicos en lo que actualmente sería la zona de la huerta de la escuela (piletones en los que se trataba la lana de la empresa cuando funcionaba).
 
Sobre el testimonio de Juan Ayala: quien en su condición de periodista dijo haber realizado un trabajo de investigación dentro de la fábrica en julio de este año, refirió que sacó fotos (cuyas copias aportó y explicó en qué consistían) y un registro fílmico. Aseveró que en el primer piso había funcionado un centro clandestino, ello en base a manifestaciones del personal de seguridad actual, quien a su vez sostuvo haberlo sabido por comentarios de un militar retirado que vive en Florencio Varela. Dijo desconocer el nombre del personal de seguridad y del supuesto militar, se comprometió a aportar los datos por los dichos de los vecinos que testimoniaron en esta causa. Efectuó una descripción del lugar.
 
Sobre el hallazgo de cráneos, se incorporaron los testimonios de Teresa Picollo (profesora de biología del colegio contiguo al predio - hoy Escuela Polimodal 12 y en aquel momento Escuela Nacional 2- que dijo haber encontrado un cráneo humano sin el maxilar inferior articulado y con pérdida de sustancia ósea en uno de sus temporales, en superficie en el fondo de la escuela y que lo llevó a la Comisaría Tercera de Valentín Alsina ) y Elsa Bravo (preceptora de la escuela desde abril de 1984, que dijo que sus alumnos encontraron semienterrado un cráneo aparentemente de mujer con un agujero en el entrecejo, que lo desenterró y lo llevó a la 3ra). En ambos casos no hay sumario policial. Según el EAFF el hallazgo de piezas separadas, no el resto del esqueleto, permitiría suponer las existencia de un enterramiento”, por ello dispusieron usar el georadar. 
 
RECURSO DE CASACIÓN DE LA CPM
 
EN diciembre de 2012 Alejandro Mosquera y Sandra Raggio de la CPM, con patrocinio de Roberto Cipriano García y Juan Manuel Combi, interponen recuso de Casación ante la medida de extender la cautelar sólo sobre el lugar de hallazgo de cráneos, por entender que “no observó normas procesales al dictar un resolutorio fundado en argumentos dogmáticos, falaces y auto contradictorios, siendo corolario de la errónea valoración y aplicación de las normas procesales”.
Aducen que “se han propuesto testigos que no fueron citados y otros que fueron citados y que no concurrieron y se los descartó sin volverlos a citar”.
Que la Cámara “no hace mención a descartar que puedan existir medidas de prueba pendientes que pudieran cambiar de manera significativa el cuadro probatorio reunido”.
Que “el Equipo Argentino de Antropología forense fue claro respecto a que el georadar debía pasarse por la totalidad del predio por cuanto no distinguió de ningún modo los sitios “ donde se encontraron cráneos. 
Que se contradice al disponer por un lado que se debe esperar el informe de Gendarmería Nacional para determinar las modalidades y extensión en las tareas de prospección a realizar y, por el otro, limita la medida de no innovar dispuesta a un sector determinado. 
Sobre Vargas, que si bien hizo omisión de mencionar Campomar en 2009, “el testigo claramente manifiesta el motivo de su omisión”(miedo).
Que si hay una plausible hipótesis de la utilización ocasional del predio por la represión, incluso para fusilamientos de personas, no puede descartarse su utilización como lugar de enterramiento.
 
EN diciembre la CPM pide a Casación revisar el fallo de la Cámara y mantener la medida de no innovar dispuesta sobre la totalidad del predio.  

lunes, 28 de enero de 2013

Se detiene la demolición de Campomar de Lanús

Se detiene la demolición de Campomar dónde podría haber funcionado como centro clandestino de detención y exterminio

La Cámara de Apelaciones de La Plata resolvió disponer por 30 días – a partir de la fecha y sin perjuicio de renovarse – la prohibición de innovar respecto del predio ubicado en la ex fábrica Campomar, situada en Valentín Alsina.

El 4 de septiembre, la CPM había presentado una medida de no innovar a fin de que intervenga para impedir la demolición de la ex fábrica Campomar de Lanús, indicada por los vecinos como un ex centro clandestino de detención, fusilamiento y enterramiento de personas durante la última dictadura militar.

A partir de dicha resolución la Cámara dio intervención al Equipo Argentino de Antropología Forense para que evalúe el terreno, los antecedentes probatorios recabados y en su caso establezca la necesidad de llevar adelante tareas de investigación de campo. El 19 de septiembre se realizará una audiencia donde deberán prestar declaración testimonial los vecinos que indicaron haber visto y oído fusilamientos y enterramiento de personas durante la dictadura.

El predio de la ex fábrica Campomar está ubicado entre las calles Molinedo, Liniers, Darragueira y Avenida Remedios de Escalada en Valentín Alsina, partido de Lanús. La fábrica dejó de funcionar en el año 1972. Sin embargo, desde 1984, apenas restaurada la democracia, comenzaron a escucharse en el barrio relatos de que el predio habría sido utilizado por las fuerzas represivas para actividades en el marco del plan sistemático de exterminio. Esto nunca fue investigado por la justicia.

Recientemente se recogieron relatos de los vecinos de la zona que reafirman estas versiones dando cuenta de entrada de autos Ford, la permanencia de coches de la policía en la entrada al predio, la presencia de helicópteros que descendían en la zona, la escucha de tiros y gritos que provenían de la ex fábrica hasta la aparición en una oportunidad de un cráneo humano.

El predio de la ex fábrica Campomar se encuentra a tres cuadras de la comisaría tercera de Valentín Alsina, que funcionó como centro clandestino de detención dentro del denominado circuito Camps y es posible presumir una conexión directa entre ambos lugares.

jueves, 17 de enero de 2013

Dos presuntos exmiembros de la CNU detenidos en España

Están acusados de actividades criminales dentro del grupo parapolicial fascista  CNU.

Ullúa y Arenaza, capturados en España.

La policía española ha detenido en A Coruña y Palma de Mallorca a dos fugitivos argentinos reclamados por las autoridades de su país por delitos de lesa humanidad. Se trata de Beatriz María Arenaza y Daniel Alejandro Ullúa, sobre los que pesaban sendas órdenes de busca y captura internacional en el marco de una causa judicial en la que se investiga medio centenar de asesinatos en los que estarían implicados miembros de la Concentración Nacional Universitaria (CNU).Esta organización surgió en 1968 como una fuerza de choque dentro de la derecha peronista y en 1975 se convirtió en una herramienta estatal dependiente de la policía y las Fuerzas Armadas.

La CNU tuvo su cruento "bautismo de sangre" en 1971 con el asesinato de Silvia Filler, una estudiante asesinada a tiros el 6 de diciembre de 1971 en la Universidad de Mar del Plata por un grupo parapolicial. La muerte de Silvia Filler fue investigada por el juez Adolfo H. Martijena. En el juicio fueron condenados como responsables del delito de homicidio en riña Óscar Héctor Corres, que fue quien presuntamente realizó el disparo mortal, y otras 15 personas, entre ellas Beatriz María Arenaza. En 1973 el presidente argentino Héctor Cámpora dictó una ley de amnistía que abarcaba el caso de Silvia Filler.

Según ha informado este jueves la Dirección General de la Policía, los hechos por los que estaban buscados Arenaza y Ullúa constan en una nota roja de Interpol emitida por Argentina en relación con la causa 13.793. Esta recoge los hechos comprendidos entre febrero y mayo de 1975. A los arrestados se les imputa haber formado parte de una organización con fines delictivos, enmascarada en la agrupación denominada Concentración Nacional Universitaria, con un claro objetivo criminal destinado a cometer atentados, secuestros y otros hechos violentos. Estos actos han sido calificados como delitos de lesa humanidad, por lo que se ordenó su captura internacional.

La CNU fue una organización ligada a las Juventudes Peronistas, que funcionó en distintas universidades argentinas, fundamentalmente en Mar de Plata, donde operaba como un grupo de choque que irrumpía en las universidades con armas, cadenas y objetos contundentes, para intimidar a los movimientos estudiantiles. Existe un proceso judicial abierto conocido como Causa CNU, sobre una veintena de personas que afrontan distintas acusaciones.

miércoles, 2 de enero de 2013

En el 2012 hubo 25 sentencias, perpetuas, excarcelaciones, prisiones domiciliarias....

En 2012 hubo 25 sentencias, perpetuas, excarcelaciones, prisiones domiciliarias...
Reconocimiento de plan sistemático del robo de menores, condenas por genocidio, reconocimiento y condena por delitos sexuales... pero también lamentables absoluciones y varios represores que murieron impunes.
 
Entre las sentencias más destacadas, el 16 de marzo fueron condenados a prisión perpetua los represores Julio Tomassi, Roque Papalardo y José Luis Ojeda, y dispuso una pena de 15 y 11 años a los civiles Felipe y Julio Méndez, respectivamente, en el juicio por el asesinato del abogado laboralista Carlos Alberto Moreno, secuestrado el 26 de abril de 1977.

El 23 de marzo, en Tucumán, el ex policía Miguel Angel Moreno fue condenado a 13 años de prisión al ser encontrado culpable por las torturas que sufrió Emma Aguirre, fallo que fue escuchado por la propia víctima, de 67 años.

Por otra parte, en Rosario y el 26 de marzo, fue condenado a prisión perpetua al ex comandante del II Cuerpo del Ejército Ramón Genaro Díaz Bessone, por los delitos de homicidio calificado por alevosía, privación ilegítima de la libertad y tormentos aplicados contra presos políticos.

También el 26 de marzo, pero en Córdoba, fueron condenados a prisión perpetua los ex integrantes del Comando Radioeléctrico de la policía provincial por el fusilamiento de los integrantes de la Juventud Universitaria Peronista Carlos Delfín Oliva, Ana María Villanueva y Jorge Diez, ocurrido el 2 de junio de 1976.

El 31 de mayo, en los Tribunales de San Martín, dos comisarios retirados de la Policía Bonaerense, Roberto Bustos y Jorge Bianchero, fueron condenados a 19 años y 9 años, respectivamente,  por el secuestro y desaparición de seis jóvenes de un taller literario, algunos de ellos estudiantes del "Mariano Acosta".

En la Capital Federal, el 8 de junio fueron condenados Pedro Santiago Godoy y Alfredo Omar Feito, a 25 y 18 años de prisión, respectivamente, por delitos de privación ilegitima de la libertad con aplicación de tormentos cometidos en el circuito "ABO", integrado por los centros clandestinos de detención Atlético, Banco y Olimpo.

En tanto, el 15 de junio en Catamarca fueron condenados el ex Jefe del Regimiento de Infantería Aerotransportado 17 Carlos Alberto Lucena y el ex Jefe General de Policía Juan Daniel Rauzzino a 16 y 10 años de prisión por la desaparición y muerte de Francisco Ponce, su hermana Griselda del Huerto Ponce, el sobrino de ambos, Julio Burgos, y la estudiante Yolanda Borda.

El 4 de julio, en Misiones, fueron condenados el ex jefe de la Policía provincial coronel (RE) Omar Herrero, a 20 años de prisión; el ex jefe de la Dirección de Informaciones Felipe Nicolás Giménez, a 21; y Carlos Alberto Pombo y Julio Amarilla, integrantes de la policía, a 7 años, todos juzgados por crímenes cometidos en tres centros clandestinos de detención que funcionaron en la capital misionera entre 1976 y 1978.

En Capital Federal, el 5 de julio, la justicia argentina reconoció la existencia de un plan sistemático de robo de bebés a mujeres secuestradas durante la última dictadura, al condenar a 50 años de reclusión, la máxima sanción prevista en la legislación nacional, al ex dictador Jorge Rafael Videla, y aplicó severas penas de hasta 40 años a otros represores.

En Mar del Plata, el 1 de octubre, seis represores fueron condenados a prisión perpetua por haber cometido crímenes en el denominado “circuito represivo Mar del Plata-Necochea”.

El 15 de octubre, en Comodoro Rivadavia, fueron condenados a prisión perpetua Emilio Del Real, Luis Sosa y Carlos Marandino como "coautores responsables del homicidio con alevosía" de 16 presos políticos y tres tentativas en el juicio por la Masacre de Trelew, perpetrada el 22 de agosto de 1972, durante la ditadura de Alejandro Lanusse, y considerada por el Tribunal como un "crimen de lesa humanidad", pero lamentablemente, todos estos asesinos están en libertad.

El 6 de noviembre, en Neuquén, fueron condenados 13 represores a penas que fueron de 23 a 6 años y medio por delitos de lesa humanidad, en el juicio conocido como "Escuelita II", y dos absoluciones

El 5 de diciembre, en Santiago del Estero, Musa Azar y otros cuatro represores fueron condenados a prisión perpetua en cárcel común, en el marco de la megacausa por el secuestro y desaparición forzada de 44 personas antes y durante la última dictadura.

En La Rioja, el 7 de diciembre, fueron condenados a prisión perpetua en cárcel común los represores Luciano Benjamín Menéndez, quien suma una nueva condena; Luis Fernando Estrella y Domingo Benito Vera, por los asesinatos de los sacerdotes Carlos Murias y Gabriel Longueville, que trabajaban con el también asesinado ex obispo de La Rioja, Enrique Angelelli.

El 14 de diciembre, el represor y obstetra del Hospital Naval Jorge Magnacco fue condenado a 10 años de prisión por la sustracción, retención y ocultación de Evelin Karina Bauer Pegoraro, a cuya madre atendió en el parto que tuvo lugar en el centro clandestino de detención que funcionó en la ESMA.

El 19 de diciembre el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata sentenció a prisión perpetua a 16 represores, entre ellos al civil Jaime Smart, ex ministro de gobierno bonaerense durante la dictadura, y al ex director de Investigaciones de la Bonaerense Miguel Etchecolatz, por crímenes cometidos en 6 centros clandestinos de detención, conocidos como "Circuito Camps", por el delito de genocidio. Un largo proceso de lucha en cuya etapa de instrucción participó Adriana Calvo, cuyo testimonio fue determinante. En dicho proceso asimismo la presencia de Jorge Julio López, fue mencionado por numerosos testigos.

Smart se convirtió en el primer ministro civil condenado por delito de genocidio.

En tanto, el 20 de diciembre fueron condenadas la médica de la policía bonaerense Nora Manacorda y la apropiadora Silvia Molina, a 10 años y cinco años y medio respectivamente, por la apropiación de Sebastián Casado Tasca, quien nació cuando su madre estaba cautiva en un centro clandestino de detención.

En tanto, el 21 de diciembre el ex agente de inteligencia militar Héctor Vergez fue condenado a 23 años de prisión por el secuestro y desaparición del responsable de inteligencia del Ejército Revolucionario del Pueblo, Javier Coccoz, el abogado Julio Gallego Soto y el entonces funcionario del Ministerio de Economía Julio Casariego de Bell.

El 27 de diciembre, en tanto, se conocieron tres sentencias en Rosario, Corrientes y Entre Ríos, donde los ex jefes de los regimientos de ejército de Concordia, Naldo Miguel Dasso, y de Gualeguaychú, Juan Miguel Valentino, fueron condenados a prisión perpetua en el juicio por la "megacausa Harguindeguy", en refencia al ex ministro del Interior de la dictadura Albano Harguindeguy, quien estaba imputado pero falleció mientras se desarrollaba el proceso.
 

“Los juicios de este tipo permiten acelerar los procesos en los casos de los lugares con mayor densidad de casos e imputados. Reducen la reiteración de testimonios, permiten dimensionar en su real magnitud lo sucedido, aparecen las complicidades civiles y minimizan las dificultades probatorias que suelen darse cuando los hechos se juzgan sin el contexto adecuado. Tienen también un mayor efecto social, que permite una discusión más amplia sobre los efectos de la dictadura”, dice Guadalupe Godoy, del colectivo Justicia Ya. Godoy señala, además, que los grandes procesos “evitan la aplicación de distintos criterios probatorios o de autoría en casos similares” y cita el ejemplo de Pedro Guerrero, un ex guardia del Servicio Penitenciario bonaerense que estaba prófugo cuando se realizó el juicio sobre la Unidad 9 de La Plata, fue juzgado después, resultó absuelto por casos que en el otro juicio estaban probados y recibió menos penas que sus subordinados, que fueron condenados antes. La abogada admite que en juicios que se prolongan en el tiempo existe el riesgo de que algunos acusados se mueran en el medio, como ocurrió con el ex gobernador bonaerense Ibérico Saint Jean en el juicio por el Circuito Camps, pero a más de 35 años de ocurridos los hechos, la posibilidad de que los represores que aún no fueron condenados fallezcan, está siempre latente.

Godoy, de Justicia Ya, destaca como lo positivo de este año la consolidación del enfoque sociológico del genocidio a nivel judicial, pero señala que muchos jueces de instrucción todavía tienen resistencia a acumular las causas y prefieren investigar hechos “aislados”. Afirma que hay “prácticas de selectividad no declaradas” sobre a quiénes imputar y a quiénes no: “En La Plata hay cientos de policías, militares, civiles y religiosos con requerimientos de instrucción desde hace años sin que los jueces se decidan citarlos a indagar”. Lo que queda pendiente, dice, es “vencer las resistencias del Poder Judicial para llevar adelante estos juicios, la lógica corporativa que lo sustenta se transforma en un obstáculo para el avance”.